MINUTA

 

MINUTA EQUIPO EXPOSICION No 5

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DEL DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

LUGAR DE LA REUNION
FECHA / DURACION
MINUTA No

UDO. Núcleo. Anzoátegui

12-02-2011 /60 min.
               INICIO: 13:30 hrs.
         TERMINO: 14:30 hrs.

 05

ASUNTO
ASISTENTES

Análisis e interpretación del decreto con rango, valor y fuerza de ley de reforma parcial de la ley orgánica del sistema de seguridad social. Se describieron algunos artículos de la L.O.S.S. Y haciendo hincapié en aquellos que fueron reformados y su análisis.

Abg. (M.Sc)Lisandro Zapata.
Participantes de Cohorte Especial de Postgrado en Gerencia General
Grupo Expositor n°5  integrado por los siguientes participantes:
Ing. María Girón
Ing. Eliezer Robles
Ing. José G. García

                
PUNTOS TRATADOS
COMENTARIOS, ACUERDOS
Y COMPROMISOS
RESPONSABLE
1
El Equipo expositor inició con  la presentación del contenido general del tema para luego presentar un Mapa Conceptual del mismo.
 El equipo quiso con este orden de presentación demostrar que a través de un mapa conceptual se puede visualizar de una vez el contenido global del tema y como está estructurado. Se inicia con la exposición de María Girón comentando una breve historia de la Ley del Sistema de Seguridad Social y del IVSS. Luego se describe brevemente que significa un Decreto, mencionan el marco constitucional con que se avala el decreto. Luego Eliezer Robles continúa con algunos artículos importantes de la ley para caer en la descripción de los 7 artículos de la LOSS que serían reformados en el decreto para luego terminar José García con el análisis de los mismos y la construcción del mapa conceptual que describe de forma resumida todo el contenido del informe.
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Breve evolución de la historia de la ley del sistema de seguridad social. Se establece quien dicta el decreto con rango,  valor y fuerza  de  ley
A través de su marco constitucional.
Su historia comienza  En 1909 Ley de Minas (Código de Minas) con las primeras normas de Higiene y Seguridad Industriales (Jornada de 12 horas de trabajo) y A partir de 1999 con la aprobación de la nueva constitución, se inició  un nuevo marco conceptual en términos de un modelo ideológico distinto, basado en el cuestionamiento de la privatización de la seguridad social en el país y la reivindicación de su carácter estatista.
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Descripción breve de algunos artículos contemplados en la LOSS
Entre ellos el Art. 1. Objeto Crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela  Art. 8. El Sistema de Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República, será universal, integral, eficiente, de financiamiento solidario, unitario y participativo, de contribuciones directas e indirectas. Su gestión será eficaz, oportuna y  equilibrio financiero y actuarial.

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Análisis de los 7 artículos que fueron reformados de la Ley Del Sistema de Seguridad Social. Finalidad de la Superintendencia de Seguridad Social

Los Artículos que fueron reformados en el Decreto ley fueron: 28, 43, 51, 104, 112, 113, 116. Finalidad de la Superintendencia de Seguridad Social: Fiscalizar, supervisar y controlar los recursos financieros de los regímenes prestacionales que integran el Sistema de Seguridad Social. Competencias de la Tesorería de Seguridad Social: Publicar semestralmente los balances y estados financieros de los fondos bajo la administración de la Tesorería. Diseñar el Plan Anual de Inversión de los recursos de los fondos de los regímenes prestacionales del Sistema Prestacional de Previsión Social e Invertir, mediante colocaciones en el mercado de capitales, los recursos de esos fondos con criterios balanceados de seguridad, rentabilidad y liquidez, a los fines de acrecentar, en beneficio de los contribuyentes, los fondos que la tesorería administre y mantener el equilibrio. El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat tendrá a su cargo las funciones de administración, distribución e inversión de los recursos que provengan de cualquier fuente, para ser aplicados en la consecución de los objetivos establecidos en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat y será su único administrador, de conformidad con la ley que rija la materia.
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El Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat. Descripción de Las Cotizaciones
El Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat será financiado con los aportes fiscales, los remanentes netos de capital destinados a la seguridad social y los aportes parafiscales de empleadores, trabajadores dependientes y demás afiliados, para garantizar el acceso a una vivienda a las personas de escasos recursos y a quienes tengan capacidad de amortizar créditos con o sin garantía hipotecaria. Las cotizaciones, constituyen contribuciones especiales obligatorias, cuyo régimen queda sujeto a la presente Ley y a la normativa del sistema tributario. Las cotizaciones, constituyen contribuciones especiales obligatorias, cuyo régimen queda sujeto a la presente Ley y a la normativa del sistema tributario.
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Calculo de las Cotizaciones.

Sobre todo salario causado el empleador deberá calcular, y estará obligado a retener y enterar a la Tesorería de Seguridad Social, los porcentajes correspondientes a las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social fijado en las leyes de los regímenes prestacionales. La base contributiva para el cálculo de las cotizaciones, tendrá como límite inferior el monto del salario mínimo urbano y como límite superior 10 salarios mínimos urbanos, los cuales podrán ser modificados gradualmente conforme a lo establecido en las leyes de los regímenes prestacionales.



Equipo expositor, audiencia y Docente de la cátedra
ELABORADO  POR:  Grupo Expositor No 6 , conformado por:

Vincenzo Avallone Piccolo
Enma Carolina Uranga